Omisiones en cuestionario de salud de seguro bancario vida-préstamo

El juzgado de primera instancia  48 de Barcelona, en su sentencia núm. 79/2019 de 25 de marzo de 2019, reconoció el derecho a la cobertura de fallecimiento en un seguro de vida vinculado a la cancelación de un préstamo hipotecario en el que la asegurada había incurrido formalmente en reserva o inexactitud, dado que había sido diagnosticada del melanoma que acabó causándole el fallecimiento  y, en cambio, había declarado no padecer cáncer en el cuestionario de salud que le hizo rellenar la entidad bancaria.

Acogiéndose a esta ocultación de patologías en el cuestionario firmado por la asegurada, segunda beneficiaria tras la entidad bancaria, la entidad aseguradora vinculada denegó la prestación, lo que dio lugar a un procedimiento judicial en el que este despacho, además de la indisputabilidad de la póliza conforme al art. 89 de la Ley de Contrato de Seguro, hizo valer la jurisprudencia específica que en materia de seguros bancarios que niega la existencia de dolo y/o relativiza enormemente la trascendencia jurídica de las omisiones o reservas de patologías previas.

La sentencia acogió los argumentos de la demanda y condenó también a la aseguradora al pago de las costas. No fue apelada y quedó firme.